No es posible la inscripción de una escritura por la que se instrumentaliza una operación acordeón -reducción de capital a cero por pérdidas y consiguiente aumento de capital, mixto, consistente en aportación no dineraria y compensación de créditos- en la que no se incorpora la verificación del balance por auditor.
La única posibilidad de omitir el requisito de la verificación por auditor, preciso para la reducción a causa de pérdidas -pues cada acuerdo, aun simultáneo mantiene su individualidad-, es que el resultado de la operación de reducción y aumento simultáneo, sea neutro, al menos para los acreedores. Ello exige que la cifra de retención del pasivo no sea inferior a la inicial, aun con aportación de activos no dinerarios y no sólo de efectivo metálico.
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