Las novedades en la norma reglamentaria respecto de la revisión del plan de pensiones son las siguientes:
1. Se especifica ahora que la revisión afecta al sistema financiero y actuarial de los planes de empleo de cualquier modalidad, así como a los planes asociados de prestación definida y mixtos.
2. El Ministro de Economía puede desarrollar el contenido y fijar los criterios que deban ser utilizados en tales revisiones actuariales y financieras.
3. Se impone a las entidades gestoras la obligación de remitir, por medios electrónicos a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones las revisiones actuariales y financieras dentro de los 6 meses siguientes desde la terminación del último ejercicio económico revisado.
Actualidad jurídica
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