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Modificación de la regulación de la Central de Información de Riesgos

Con efectos desde el 7-5-2013, se modifica la normativa reguladora de la Central de Información de Riesgos para mejorar la calidad y cantidad de los datos incluidos en este registro, previo informe favorable de la Agencia de Protección de Datos.
Tales modificaciones afectan a las siguientes cuestiones:
1) La necesidad de que se declaren los importes de las operaciones en unidades de euro, por lo que se sustituye el término «miles» por «unidades» de euro (OM ECO/697/2004 art.tercero.1 modif OM ECC/747/2013).
2) Permitir el establecimiento de distintos umbrales de declaración en función del sector de actividad de la entidad declarante o del titular de la información (OM ECO/697/2004 art.tercero.1 y 4 modif OM ECC/747/2013).
3) Por último, se sustituye el plazo de «3 meses» por «90 días» en OM ECO/697/2004 art.4.1, para ajustarse a la normativa de la Unión Europea.

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