Actualidad jurídica Suscríbase vía email

IVA. Concepto de importación

Se produce el hecho imponible importación cuando los bienes, desde su entrada, se vinculan a los regímenes de depósito distinto de los aduaneros o al régimen de importación temporal y mientras permanezcan a su amparo con cumplimiento de los requisitos que los definen.
Como novedad, se señala ahora que, no obstante lo anterior, no constituye importación la salida de las áreas a que se refiere la LIVA art.23 o el abandono de los regímenes comprendidos en la LIVA art.24 cuando aquella determine una entrega de bienes a la que resulte aplicable las exenciones establecidas en la LIVA art.21, 22 y 25.
Tampoco constituye operación asimilada a las importaciones la salida de las áreas o el abandono de los regímenes señalados cuando, igualmente, determine una entrega de bienes exenta.

Imprimir

Envíe su comentario:

(los campos con asteriscos son obligatorios)

Este Blog no dispone de servicio gratuito de asesoramiento, por lo que su comentario solo podrá ser respondido por otros lectores.

Si necesita una respuesta profesional, le recomendamos realice su pregunta desde el siguiente enlace desde donde podrá establecer un contacto privado con un abogado.

Acepto las condiciones legales

Debes superar la prueba del captcha antes de enviar el formulario. ¡Gracias!


Atención al cliente

Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.

Por teléfono

Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.

Envío gratis

Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).

Devoluciones

Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).