Con el objetivo de impulsar la lucha contra el empleo irregular, corregir el disfrute en fraude de prestaciones por desempleo, aflorar situaciones fraudulentas, principalmente en casos de falta de alta en la Seguridad Social o en la percepción de prestaciones del sistema de la Seguridad Social y combatir los supuestos de aplicación y obtención indebida de bonificaciones o reducciones de cuotas a la seguridad social y otros incentivos relativos a las políticas de empleo, en las Comunidades Autónomas pluriprovinciales, se encomienda a los Directores Territoriales de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, el desarrollo de las funciones siguientes:
1. Afloramiento del empleo irregular.
2. Lucha contra el fraude en prestaciones del sistema de Seguridad Social, particularmente en los supuestos en los que se constituyan empresas ficticias, o se compatibilice su percepción con el trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia.
3. Incumplimiento de las obligaciones de cotización a la Seguridad Social.
4. Aplicación y obtención indebida de bonificaciones o reducciones de cuotas u otros incentivos.
5. Cualesquiera otras que en estas materias les sean encomendadas por la Autoridad Central en la esfera de su competencia.
Al efecto, se han de crear equipos formados por Inspectores de Trabajo y Seguridad Social y Subinspectores de Empleo y Seguridad Social.
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