Durante 2015, el sistema de financiación de las mutuas que asumen la gestión de la prestación económica de la IT se efectúa mediante la aplicación del coeficiente del 0,05 sobre la cuota íntegra obtenida como resultado de aplicar el tipo único vigente de cotización por contingencias comunes a las correspondientes bases de cotización.
Vuelve a recogerse la posibilidad de que dicho porcentaje sea del 0,055 para aquellas mutuas que acrediten la insuficiencia financiera del coeficiente general en base a circunstancias estructurales, todo ello en los términos que con la suficiente antelación se determinen por la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, mediante resolución dictada al efecto y publicada en el BOE.
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