En las situaciones en las que se alega falta de efectivo para poner a disposición del trabajador la indemnización legalmente exigida en los despidos objetivos por causas económicas, es la empresa, y no el trabajador, quien tiene la mayor disponibilidad de los elementos probatorios acerca de su falta de liquidez; situación ésta que es independiente y no necesariamente coincide con la de su mala situación económica. Al alcance de la empresa, y no del trabajador, se encuentra la pertinente documentación (aparte de otros posibles elementos probatorios, tales como pericial contable, testifical a cargo del personal de contabilidad, etc.) de cuyo examen pueda desprenderse la situación de iliquidez.
Pero esta situación de falta de efectivo para poner a disposición la indemnización no siempre puede acreditarse a través de una prueba plena, pero que sí será posible adverar introduciendo en el proceso determinados indicios con apreciable grado de solidez, acerca de su realidad, lo que habrá de considerarse suficiente al respecto, pues en tal caso la destrucción de tales indicios, si razonablemente hacen presumir la realidad de la iliquidez, incumbiría al trabajador .
Y se consideran elementos de juicio suficientes sobre la incidencia de la mala situación económica en la imposibilidad de poner a disposición del trabajador la indemnización en el momento de la entrega de la comunicación escrita, el volumen de deudas pendientes de la empresa, así como la pérdida de clientes y el impago de créditos pendientes. Igualmente la constancia de que la atención a los pagos regulares (nóminas, proveedores, se efectuaba aplazadamente o mediante la entrega de pagarés diferidos), así como el hecho de que el saldo bancario apenas llegaba a los 6.000 euros, cantidad notoriamente insuficiente para atender a las indemnizaciones de los despidos. Tales elementos no fueron neutralizados o destruidos por quien invocaba la existencia de la posibilidad de que se le hubiese pagado en su momento.
Actualidad jurídica
Suscríbase vía email
Comentarios: 0 comentarios