Los contribuyentes que tuviesen su residencia habitual en el extranjero han de aplicar en el período impositivo 2015 la siguiente escala del ahorro:
Base liquidable del ahorro Hasta euros | Cuota íntegra Euros | Resto base liquidable del ahorro Hasta euros | Tipo aplicable Porcentaje |
0 | 0 | 6.000 | 19,5 |
6.000,00 | 1.170 | 44.000 | 21,5 |
50.000,00 | 10.630 | En adelante | 23,5 |
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