Un sindicato plantea conflicto colectivo para pedir que se declare el derecho de los trabajadores de jornada normal de los Aeropuertos de Valencia y Alicante, a disfrutar como día de asuntos propios, el día correspondiente al festivo nacional 19 de marzo de 2011. Fundamenta su demanda en el convenio colectivo de aplicación, que establece que los festivos no dominicales de ámbito nacional que coincidan con sábado deben ser compensados, para el personal con jornada normal, con días adicionales equivalentes por asuntos propios (CCol AENA art.81.1).
Entiende el TS que no puede negarse la cualidad de fiesta nacional del día de San José, aunque la comparta con la de festividad tradicional de la Comunidad Valenciana, como reconoce la normativa autonómica. De este modo, reconoce el derecho de los trabajadores al día de asuntos propios y añade que les hubiera correspondido igualmente si se hubiese tratado de un festivo autonómico.
La razón es que debe estarse a la finalidad de la norma y si se niega el beneficio de libranza a un posible día autonómico que sustituya a una festividad nacional, se hace de peor condición a los trabajadores de las Comunidades Autónomas con fiestas tradicionales en relación con los de aquellas otras en las que tales festividades no sean declaradas y no se sustituya ninguna fiesta de ámbito nacional por otra de su respectiva Autonomía.
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