Se confirma lo calificación registral que rechaza el depósito de las cuentas anuales de una sociedad correspondientes al ejercicio 2013 por no consignarse el Código de Actividad Económica de la actividad principal desarrollada por la sociedad en el ejercicio presentado a depósito, por cuanto dicha omisión constituye una infracción de la obligación legal contenida en la L 14/2013 art.20.
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