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Cuotas de derechos pasivos y de Mutualidades en diciembre de 2012

Las cuantías mensuales en concepto de cuotas de derechos pasivos de los funcionarios civiles del Estado, del personal de las Fuerzas Armadas, de los miembros de las Carreras Judicial y Fiscal y de los Cuerpos de Secretarios Judiciales, así como las cuantías mensuales de cotización a la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, al Instituto Social de las Fuerzas Armadas y a la Mutualidad General Judicial, han de abonarse doblemente en el mes de diciembre de 2012.

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