En lo que se refiere a las modalidades específicas de venta, este texto refundido regula las ventas fuera del establecimiento comercial (venta ambulante, venta automática, venta a distancia), las ventas promocionales (venta con pérdida, venta a prima, venta en rebajas, venta en liquidación, venta de saldo, venta con descuento) y establece la prohibición de las ventas en cadena o pirámide.
NOTA
Esta norma deroga:
– la L Canarias 4/1994, de ordenación de la actividad comercial de Canarias;
– la L Canarias 12/2009, reguladora de la licencia comercial (a excepción de su disp.adic.5º); y
– la L Canarias 8/2011, por la que se modifica la L 4/1994.
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