En el Anexo a la Resolución que se comenta se recogen los días inhábiles en todo el territorio nacional durante 2013. Además de todos los domingos, también lo serán: el 1 de enero, 29 de marzo, 1 de mayo, 15 de agosto, 12 de octubre, 1 de noviembre, 6 de diciembre y 25 de diciembre. En dicho Anexo también se especifican los festivos de las distintas Comunidades Autónomas.
Por su parte, los días inhábiles las entidades locales se han de recoger a su vez en los calendarios autonómicos de días inhábiles.
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