Las bonificaciones previstas por transformación de contratos en prácticas, de relevo y de sustitución en indefinidos, son también aplicables, desde el 22-12-2013, en el supuesto de trabajadores contratados en prácticas y puestos a disposición de empresas usuarias, en los mismos términos, cuando, sin solución de continuidad, estas concierten con dichos trabajadores un contrato de trabajo por tiempo indefinido.
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