Actualidad jurídica Suscríbase vía email

Bonificación en el Impuesto sobre el Patrimonio de Baleares

La novedad en materia de IP (y que en su día el DL Baleares 6/2011 art.5 ya contemplaba en los mismos términos) es el establecimiento de una bonificación autonómica del 100% a favor de los sujetos pasivos por obligación personal de contribuir que residan habitualmente en las Islas Baleares. Dicha bonificación se aplica a los hechos imponibles que se hayan devengado el 31-12-2011 y que se devenguen el 31-12-2012.

Imprimir

Envíe su comentario:

(los campos con asteriscos son obligatorios)

Este Blog no dispone de servicio gratuito de asesoramiento, por lo que su comentario solo podrá ser respondido por otros lectores.

Si necesita una respuesta profesional, le recomendamos realice su pregunta desde el siguiente enlace desde donde podrá establecer un contacto privado con un abogado.

Acepto las condiciones legales

Debes superar la prueba del captcha antes de enviar el formulario. ¡Gracias!


Atención al cliente

Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.

Por teléfono

Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.

Envío gratis

Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).

Devoluciones

Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).