La L 19/2013, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, amplía el ámbito subjetivo de aplicación de la L 10/2010, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, estableciendo que serán aplicables al administrador nacional del registro de derechos de emisión previsto en la L 1/2005, por la que se regula el régimen de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, con las excepciones que se determinen reglamentariamente, las obligaciones de información y de control interno contenidas en la L 10/2010 capítulos III y IV.
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