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Ampliación de las obligaciones de inscripción y depósito de determinados instrumentos de la negociación colectiva

Deben inscribirse en el registro correspondiente los acuerdos parciales de revisión y modificación de un convenio colectivo durante la próroga del mismo
Además son objeto de depósito los acuerdos, laudos arbitrales y decisiones de la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos u órganos correspondientes de las Comunidades Autónomas sobre inaplicación de determinadas condiciones de trabajo previstas en los convenios colectivos:
La solicitud de depósito, que ha de hacerse a través de los medios electrónicos ante la autoridad laboral competente, debe incluir el texto del correspondiente instrumento y debe efectuarse, según los casos, por:
– la parte que inició el procedimiento para la inaplicación de condiciones de trabajo o la comisión paritaria en que se lograra el acuerdo;
– la empresa;
– el órgano de dirección del organismo competente, o la persona designada por este;
– la persona designada por el órgano competente.

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