En la disolución de una entidad patrimonial, la entidad patrimonial puede aplicar la exención a toda la renta fiscal que se genere en su disolución, pero el socio solo puede aplicarla a la parte de renta que se corresponda con un incremento de beneficios no distribuidos generados por la entidad participada durante el tiempo de tenencia de la participación.
Cuando una empresa pública actúa por cuenta propia en lo que respecta a la gestión del canon, y debe aplicar el modelo de cuenta de pérdidas y ganancias del PGC, estos ingresos se deben presentar como “Importe neto de la cifra de negocios” porque estos recursos se obtienen de forma regular y periódica y se derivan del ciclo económico de la empresa.
Para valorar si las rentas generadas en Suiza antes de la entrada en vigor del convenio para evitar la doble imposición cumplen el requisito de tributación mínima, se debe tener en cuenta la sujeción a los impuestos federales, cantonales y municipales.
Si los cesionarios utilizan los intangibles cedidos en el desempeño de las tareas y funciones que tienen encomendadas, aunque no realicen actividades económicas en stricto sensu, se puede entender que se utilizan para la producción de bienes y/o prestación de servicios en el marco de la actividad económica.
Si los cesionarios utilizan los intangibles cedidos en el desempeño de las tareas y funciones que tienen encomendadas, aunque no realicen actividades económicas en stricto sensu, se puede entender que se utilizan para la producción de bienes y/o prestación de servicios en el marco de la actividad económica.
En las compraventas no contabilizadas, su precio debe ser el mismo en el IVA y en el IS, por lo que siguiendo la interpretación del TJUE se entiende con IVA incluido.
Si existen varios EP en un país, el tratamiento de las rentas negativas obtenidas en el cese de uno no se ve modificado por el hecho de que el resto de EP continúen en el ejercicio de sus actividades.
Con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2017 se aclara la aplicación de la exención a las rentas positivas y negativas obtenidas en el extranjero a través de un EP, con ocasión de su transmisión y del cese de su actividad.
La Administración tributaria reitera su criterio relativo a la aplicación del método de imputación para evitar la doble imposición por el usufructuario con el vigente método de exención.
La excepción a la aplicación de la exención para evitar la doble imposición en la transmisión de AIE es aplicable a la transmisión de la participación en una UTE.