Nulidad de la junta celebrada sin la presencia de notario
Es nula la junta general ordinaria celebrada sin la presencia de notario, que fue solicitada por uno de los socios. El hecho de que asistiera a la reunión la totalidad del capital social no convalida su eficacia, pues para ello sería necesario que además hubieran aceptado, por unanimidad, tanto la celebración de la reunión como el orden del día de la misma.