Responsabilidad solidaria de las empresas miembro de una UTE por las deudas de esta (RF 24/25 10 de Junio de 2025 al 16 de Junio de 2025)
Basta para declarar responsables solidarias a las empresas miembros de una UTE, que la misma no haya pagado sus deudas tributarias correspondientes a retenciones por el IRPF o IS o a tributos indirectos y que dichas deudas sean consecuencia del ejercicio de su actividad, independientemente de que la deuda provenga de un procedimiento de recaudación de las deudas del otro socio de la UTE por haber sido declarada esta responsable tributaria de esas deudas.