Se modifican las materias sobre las que se puede interponer reclamación económico-administrativa y se unifica la denominación del órgano competente.
Se aprueba un nuevo de declaración de información de determinados mecanismos de planificación fiscal en el ámbito del Acuerdo Multilateral entre Autoridades Competentes sobre intercambio automático de información relativa a los mecanismos de elusión del Estándar común de comunicación de información y las estructuras extraterritoriales opacas.
Se modifica la declaración de información de determinados mecanismos transfronterizos de planificación fiscal para adaptar su contenido a la jurisprudencia del TJUE y la normativa comunitaria (DAC 6).