Derecho a la mejora voluntaria en caso de excedencia voluntaria
El trabajador no tiene derecho a la mejora contemplada en el CCol porque a la fecha del hecho causante de la prestación de IPT por enfermedad común, que viene fijada con carácter general por la fecha del dictamen del EVI, estaba en situación de excedencia voluntaria, aunque la resolución que reconozca la IPT sea posterior a su reingreso en la empresa.