Ganancia o pérdida patrimonial de acciones gratuitas entregadas al trabajador
El valor de adquisición de las acciones gratuitas entregadas al trabajador, a efectos del cálculo de la ganancia patrimonial obtenida en su posterior venta, es el mismo tanto si la entrega inicial de las acciones por la empresa al trabajador tributa como rendimiento del trabajo en especie como si no tributa como tal por considerarse exento, siendo en ambos casos su valor de adquisición el valor normal de mercado de dichas acciones en el momento de su entrega que, en el caso de acciones cotizadas, es su valor de cotización. El ingreso a cuenta efectuado por la empresa no forma parte del valor de adquisición de las acciones para el cálculo de la ganancia o pérdida patrimonial generada en la posterior transmisión de las mismas.