En el modelo 576, de autoliquidación del impuesto especial sobre determinados medios de transporte se subsanan errores relativos al plazo de presentación y otros de carácter técnico.
Se regula la presentación telemática de los modelos 60-A, 60-T, 60-S, 670, 671 y 672 para todos los operadores de la gestión tributaria.
Se actualiza el reglamento del IRPF para adaptarlo a lo regulado en la norma foral del impuesto.
Entre las novedades, destaca la adaptación de la normativa foral del impuesto a las modificaciones establecidas en territorio común sobre los tipos superreducidos y sobre el ingreso del impuesto en los carburantes.
Se aprueba el nuevo modelo 576 de autoliquidación del IMT, que sustituye al anterior modelo 565. Asimismo, se aprueban los diseños lógicos a los que deben ajustarse los archivos que se generen para la presentación telemática de las autoliquidaciones de este nuevo modelo.
Se actualizan los porcentajes de retención aplicables a los rendimientos del trabajo y, se introducen ciertas modificaciones en la obligación de declarar y en el cálculo del rendimiento neto en actividades agrícolas y ganaderas.
Se aprueban en Gipuzkoa los modelos 200 y 220 de autoliquidación del IS y del IRNR correspondiente a establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en ese territorio para el período impositivo 2024.
Se actualizan los porcentajes de retención aplicables a los rendimientos del trabajo.
Se modifica el plazo de presentación y pago de las declaraciones del IRPF, IP e ISFG.
Se aprueban en Araba los modelos 200 y 220 de autoliquidación del IS y del IRNR correspondiente a establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en Araba para el período impositivo 2024.