Despido nulo por vulneración de la libertad ideológica, libertad de expresión y el derecho de reunión (RS 35/23 29 de Agosto de 2023 al 04 de Septiembre de 2023)

Es nulo el despido de un trabajador que aportó indicios claros de vulneración de su derecho a la libertad ideológica, por su participación en una manifestación política fuera del tiempo de trabajo que fue difundida por los medios de comunicación, que no fueron desvirtuados por la empleadora que no es una empresa de tendencia. El TCo confirma la sentencia de instancia y anula la sentencia de suplicación que tan solo hizo un análisis de legalidad ordinaria de la causa alegada por la empresa en la carta de despido (transgresión de la buena fe contractual y abuso de confianza por uso indebido de la imagen de la empresa en redes sociales para exponer sus ideas) y la considero procedente considerando también el daño reputacional ocasionado a la empleadora.