Impugnación de las liquidaciones del IIVTNU tras la sentencia del TCo 182/2021 (RF 21/22 24 de Mayo de 2022 al 30 de Mayo de 2022)

La declaración de nulidad de la sentencia del TCo 182/2021 supone que todas las liquidaciones del tributo, por devengos anteriores al 10-11-2021, deban declararse nulas de pleno derecho. Las impugnaciones contra las liquidaciones del IIVTNU son válidas si se realizaron con anterioridad al 25-11-2021, fecha de publicación de la sentencia en el BOE.