Revocación de una donación (RF 10/25 04 de Marzo de 2025 al 10 de Marzo de 2025)
La revocación de una donación no constituye un nuevo acto sujeto al ISD, ya que implica la anulación de un negocio jurídico ya realizado, Sin embargo, si la revocación no es posible según las leyes civiles, se consideraría una resolución de la donación de mutuo acuerdo entre las partes, y, por tanto, una nueva transmisión sujeta al ISD.