Expropiación de la participación en una filial (RF 38/24 17 de Septiembre de 2024 al 23 de Septiembre de 2024)

Si en la operación se pone de manifiesto una renta positiva, a la misma le resulta de aplicación la exención por doble imposición.

Reducción de la base imponible en concepto de factor de agotamiento (RF 38/24 17 de Septiembre de 2024 al 23 de Septiembre de 2024)

En el ámbito de la reducción de la base imponible del IS en concepto de factor de agotamiento contenida en el régimen fiscal de la minería, se exige, como requisito, que se incrementen las cuentas de reservas de la entidad en términos globales, además de la cuenta de reservas dotada en concepto de factor de agotamiento.

Donación de unos terrenos al ayuntamiento (RF 37/24 10 de Septiembre de 2024 al 16 de Septiembre de 2024)

Aunque el gasto que se ocasione en la transmisión no es deducible, la plusvalía que se genera al valorar los terrenos a valor de mercado está exenta. Adicionalmente se genera derecho a la deducción por donaciones a entidades sin fines lucrativos.

Cobro anticipado antes del año en operaciones a plazo (RF 36/24 03 de Septiembre de 2024 al 09 de Septiembre de 2024)

Una operación cuyo cobro se acuerda para un plazo superior al año se califica como operación a plazo, si se opta por ello, aunque posterior y sobrevenidamente se anticipe su vencimiento.

Adquisición de una empresa con pérdidas por los trabajadores (RF 35/24 27 de Agosto de 2024 al 02 de Septiembre de 2024)

Si los empleados no están vinculados entre sí, y ninguno adquiere la mayoría del capital en la entidad con bases imponibles negativas, la entidad mantiene el derecho a su compensación.

Incidencia de la reducción de capital con devolución de aportaciones en la reserva de capitalización (RF 31/24 30 de Julio de 2024 al 05 de Agosto de 2024)

Las aportaciones de los socios no se tienen en cuenta ni para determinar el incremento de fondos propios, ni para el cumplimiento del requisito de mantenimiento, por lo que la reducción de capital con devolución de aportaciones tampoco debe tenerse en cuenta a los efectos del cumplimiento del requisito de mantenimiento de fondos propios.

Novedades en la Reserva para Inversiones en Illes Balears (RF 30/24 23 de Julio de 2024 al 29 de Julio de 2024)

Con efectos para los períodos impositivos del IS, del IRNR y del IRPF iniciados entre el 1-1-2023 y el 31-12-2028 se ha aprobado el desarrollo de la Reserva para Inversiones en Illes Balears, destacando la regulación de los requisitos aplicables a las inversiones que sirven para su materialización.

Novedades en el Régimen especial para empresas industriales, agrícolas, ganaderas y pesqueras de Illes Balears (RF 30/24 23 de Julio de 2024 al 29 de Julio de 2024)

Con efectos para los períodos impositivos del IS, del IRNR y del IRPF iniciados entre el 1-1-2023 y el 31-12-2028, se ha aprobado el desarrollo reglamentario del Régimen especial para empresas industriales, agrícolas, ganaderas y pesqueras, destacando las particularidades respecto a los contribuyentes del IRPF que tributen por el método de estimación directa, y la delimitación de ciertas actividades a las que resulta de aplicación el régimen.

Determinación de la tributación de las sociedades en formación (RF 28/24 09 de Julio de 2024 al 15 de Julio de 2024)

Solo las entidades con personalidad jurídica plena son contribuyentes del IS, por lo que, cuando entre la fecha de presentación a inscripción y la inscripción, se produce el devengo, las rentas que se generan desde el otorgamiento de la escritura de constitución hasta su inscripción en el Registro Mercantil, están sujetas al régimen de atribución de rentas.

Valoración de elementos patrimoniales según el valor contable en lugar del valor de mercado (RF 27/24 02 de Julio de 2024 al 08 de Julio de 2024)

Si en la determinación del valor fiscal de elementos patrimoniales no se tiene en cuenta la regularización de la Administración tributaria, según la cual el valor de dichos elementos debería ser el de mercado en lugar del contable, la modificación de los gastos (amortización, baja, etc.) solo puede hacerse a través de la rectificación de las autoliquidaciones de ejercicios no prescritos. Los ajustes extracontables por diferente valoración contable y fiscal solo tienen eficacia en el propio período impositivo en que corresponde realizarlos, no en otro período impositivo posterior.