Se aprueba la Orden Ministerial que regula los modelos de declaraciones para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2024 del IS, del IRNR correspondiente a establecimientos permanentes y de las entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en el territorio español.
Si los anteriores socios de la transmitente no han podido deducirse las pérdidas por deterioro o las rentas negativas generadas en la transmisión de las participaciones, al no producirse una doble compensación de pérdidas no resulta de aplicación la limitación a la compensación de bases imponibles negativas.
La no integración de las ayudas a los regímenes en favor del clima y del medio ambiente debe aplicarse en el período impositivo iniciado a partir del 1-1-2023.
La DGT cambia de criterio y asume el del TEAC al considerar que el diferimiento en la tributación de las rentas generadas en la operación puede regularizarse.
Se han modificado los modelos de presentación y depósito de cuentas anuales, tanto consolidadas como individuales, siendo de aplicación obligatoria para las que se presenten en el Registro Mercantil a partir del 4-6-2025.