Modificación de la Directiva IVA
Se modifica la directiva del impuesto para adaptarla a las modificaciones que entraran en vigor en las operaciones realizadas por determinados operadores que operan bajo una interfaz digital.
Se modifica la directiva del impuesto para adaptarla a las modificaciones que entraran en vigor en las operaciones realizadas por determinados operadores que operan bajo una interfaz digital.
En las entregas sucesivas de bienes en la que existe un único transporte intracomunitario, es necesario vincular el mismo a una de las entregas, permitiendo así que esta se encuentre exenta.
En una exportación, aunque la persona que adquiere los bienes no coincida con la que consignada en la factura emitida por el sujeto pasivo, se debe permitir aplicar la exención prevista para la exportaciones. Solo se puede denegar su aplicación en caso de que esa falta de identificación impida calificar la operación como una entrega de bienes, o se demuestre que el sujeto pasivo conocía o debía conocer que estaba participando en un fraude fiscal.
Con efectos 1-10-2019 se introducen modificaciones en la normativa que regula el documento único administrativo.
Están exentas del impuesto las entregas de bienes expedidos o transportados fuera de la Comunidad por el transmitente o por un tercero que actúe en nombre y por cuenta de éste, así como las entregas de bienes expedidos o transportados fuera de la Comunidad por el adquirente no establecido en el territorio de aplicación del impuesto o por un tercero que actúe en nombre y por cuenta de él.
Están exentas del impuesto las entregas de bienes expedidos o transportados fuera de la Comunidad por el transmitente o por un tercero que actúe en nombre y por cuenta de éste, así como las entregas de bienes expedidos o transportados fuera de la Comunidad por el adquirente no establecido en el territorio de aplicación del impuesto o por un tercero que actúe en nombre y por cuenta de él.
En las transmisiones en cadena, para que se aplique la exención por exportación a la primera entrega realizada por una entidad residente en TIVA, es necesario que el transporte fuera de la Unión se encuentre vinculado a esta.
Se determina el lugar donde se puede autorizar una tienda libre de impuestos.
La normativa foral sobre exportaciones y operaciones asimiladas a las exportaciones se modifica para adaptarla a la LIVA tras la modificación realizada por la Ley de Presupuestos Generales del Estado
Se adecúa la normativa foral sobre exportaciones y operaciones asimiladas a las exportaciones a la LIVA tras la modificación realizada por la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
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