Cuando en un contrato de renting de vehículos las prestaciones facturadas a los clientes incluyen la facturación exacta de una prestación de seguro, dicha prestación quedará sujeta y exenta del Impuesto, al suponer la mera refacturación del seguro al cliente.
Cuando en un contrato de renting de vehículos las prestaciones facturadas a los clientes incluyen la facturación exacta de una prestación de seguro, dicha prestación quedará sujeta y exenta del Impuesto, al suponer la mera refacturación del seguro al cliente.
En las operaciones de renting, si las prestaciones facturadas incluyen la facturación exacta de una prestación de seguro, dicha prestación quedará sujeta y exenta del Impuesto, al suponer la mera refacturación del seguro al cliente.