Tributación de una indemnización por despido
Una indemnización por despido no está exenta del Impuesto, pero sí debe computarse como parte de la base imponible del IP a los efectos del cálculo del límite de la cuota íntegra del IP (LIP art.31), dado que la mera titularidad de un importe derivado del cobro de la citada indemnización es susceptible de generar rendimientos gravados por la LIRPF.