Requisitos para obtener la exoneración del pasivo insatisfecho por deudor persona física
No existe un intento efectivo y real de acuerdo extrajudicial de pagos por el deudor persona física, si lo único que ofrece a los acreedores ordinarios en su propuesta es la extinción o quita del 100% del importe de los créditos. En consecuencia, dicho deudor no podrá obtener el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho sin que previamente acredite haber pagado el 25% del importe de los créditos concursales ordinarios.