Rescisión concursal
Carga de la prueba del perjuicio para la masa activa
Carga de la prueba del perjuicio para la masa activa
Para que los actos realizados por el concursado queden exentos de la rescisión es necesario que sean actos ordinarios ligados a su actividad empresarial o profesional, y que presenten las características de regularidad, formal y sustantiva, que les permita ser considerados como realizados en condiciones normales.
La constitución de hipoteca en garantía de deudas futuras no supone un acto perjudicial para la masa y, por tanto, rescindible, pues la minoración de la masa en el valor de la carga hipotecaria tuvo como contrapartida razonable el aseguramiento de la continuidad de los suministros necesarios para el mantenimiento de la actividad empresarial del concursado, lo que no puede considerarse un sacrificio patrimonial injustificado.
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