Se incluyen diversas modificaciones de carácter técnico y se añade a la exención de las ayudas de la política agraria comunitaria, las otorgadas a los eco-regímenes; asimismo, se regulan las rentas exentas con progresividad.
Se declaran exentas las retribuciones del permiso de lactancia percibidas por personas funcionarias y se prorrogan al ejercicio 2022 las ayudas extraordinarias para autónomos como consecuencia del impacto Covid-19.
Entre las medidas aprobadas destacan la extensión del régimen especial para personas desplazadas, la aprobación de una nueva deducción por inversiones para el suministro de la energía solar en la vivienda habitual y la ampliación del plazo para poder aplicar la deducción TicketBAI. Asimismo, se prorroga para el 2022 la obligación de autoliquidar en los términos regulados para los periodos impositivos 2020 y 2021.
Se declaran exentas las prestaciones percibidas en concepto de ingreso mínimo vital así como también ciertas ayudas públicas dirigidas a paliar los efectos del coronavirus. Se exonera a los contribuyentes que desempeñan actividades económicas, de autoliquidar e ingresar el tercer pago fraccionado del año 2020.
Se establece un plazo excepcional de compensación de las pérdidas patrimoniales, se declaran exentas las prestaciones derivadas del seguro colectivo gratuito a favor del personal sanitario y la compensación del Fondo Covid-19 de Opescantábrico, y se crea una deducción extraordinaria por las pérdidas estimadas en 2020.
Se amplían ciertos plazos relacionados con el tratamiento de la inversión en vivienda habitual, con el requisito de la ocupación efectiva y permanente para que la vivienda tenga carácter de residencia habitual, y con el de la deducción por la constitución de entidades por las personas trabajadoras.