Despido colectivo: Competencia objetiva (RS 06/25 04 de Febrero de 2025 al 10 de Febrero de 2025)
El TSJ confirma que el TSJ carece de competencia objetiva para conocer la demanda formulada contra una Universidad y la contratista del servicio de restauración, al considerar que el despido de los trabajadores del centro, tras la resolución de la contrata, no afecta a toda la plantilla ni constituye un cese total de la actividad empresarial. La Sala entiende que, al no existir un despido colectivo, las extinciones debieron impugnarse mediante procedimientos individuales.