Deducción para la reanudación de actividades económicas en el IRPF, IS e IRNR de Araba a consecuencia del COVID-19 (RF 13/21 30 de Marzo de 2021 al 05 de Abril de 2021)
Se establece una deducción extraordinaria para el apoyo a la reanudación del desarrollo de actividades económicas especialmente afectadas como consecuencia del COVID-19, aplicable por contribuyentes del IRPF, IS e IRNR que operen a través de establecimiento permanente, y realicen determinadas inversiones en el período impositivo iniciado a partir del 1-1-2021.