Obligaciones del mediador concursal tras la aceptación del cargo

El mediador debe comprobar la existencia y cuantía de los créditos, así como los datos y la documentación aportados por el deudor, pudiendo requerirle su complemento o subsanación o instarle a corregir los errores que pueda haber. También debe convocar a los acreedores para la reunión en la que, en su caso, se apruebe el acuerdo extrajudicial de pagos. Los acreedores convocados titulares de créditos con garantía real ya no tendrán que comunicar al mediador con antelación su intención de intervenir en el acuerdo.