Concepto de sede o domicilio de la empresa y procedimiento de determinación de la ley aplicable (RS 14/22 05 de Abril de 2022 al 11 de Abril de 2022)
La mera presencia del domicilio social de una empresa en un Estado miembro no es criterio suficiente para identificar su sede a los efectos de determinar la ley nacional de Seguridad Social aplicable a un trabajador que desempeña su actividad normalmente en dos o más Estados miembros, pues se han de tener en cuenta una serie de factores que el Tribunal apunta. Por otro lado, se clarifica que la Institución del Estado de residencia cuando determine provisionalmente esa ley aplicable debe informar a las instituciones nacionales involucradas y designadas como competentes, sin que baste con que le llegue la información a través del trabajador o la empresa involucrada. Aunque esa decisión provisional haya adquirido firmeza cabe la impugnación por una institución involucrada, pudiendo dar lugar a una anulación retroactiva.