Cantidad máxima a abonar por el FOGASA, por salarios adeudados, en caso de subrogación empresarial tras concurso (RS 02/22 11 de Enero de 2022 al 17 de Enero de 2022)

En los supuestos de transmisión o sucesión de empresa, al pervivir la misma relación laboral, estamos ante una única relación laboral y no ante varias, por lo que no procede superar el máximo de 120 días establecido legalmente como cuantía máxima a abonar por el FOGASA