A partir del 5-11-2013, las notificaciones de los actos administrativos dictados en el ámbito de la ITSS deben utilizar como medio oficial de publicación el tablón de edictos de la ITSS en aquellos supuestos en los que los interesados en un procedimiento sean desconocidos, se ignore el lugar de la notificación o el medio por el que ha de practicarse, o bien, intentada la notificación, no se hubiese podido practicar.
Esta publicación, que puede practicarse tanto por los órganos centrales de la ITSS como por los periféricos, tiene la consideración de oficial y auténtica. Los órganos mencionados son los responsables del tratamiento de los datos a efectos de su protección.
El tablón de edictos, que es único y tiene formato digital, debe estar accesible las 24 horas y de forma gratuita. Para respetar los principios de accesibilidad y facilidad de uso debe utilizar estándares que sean de uso generalizado, poniendo especial cuidado en la accesibilidad de las personas con discapacidad o de edad avanzada.
El órgano responsable de la publicación y de garantizar la disponibilidad, accesibilidad y veracidad de los edictos en el tablón es la Subdirección General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
El plazo de publicación de los edictos es de veinte días naturales. La fecha de publicación es la que debe aparecer en la firma electrónica del documento donde se identifica al órgano o unidad firmante. Esta publicación surte efectos de notificación a los interesados sin que sea necesaria su publicación en ningún otro tablón edictal o boletín oficial. Transcurridos los 20 días se da por cumplido el trámite de la notificación y se inicia el cómputo de plazos para la interposición de las reclamaciones y recursos que procedan.
El edicto va a seguir estando disponible durante un año mediante un edicto de conservación. Transcurrido ese plazo únicamente puede facilitarse la información al interesado, su representante, Defensor del pueblo, jueces y tribunales, Ministerio Fiscal y AEAT u órgano equivalente de la CCAA o a aquellos sujetos que corresponda según previsión legal.
El acceso al tablón de edictos no precisa de identificación alguna por parte de los ciudadanos que quieran consultarlo, que pueden hacerlo de forma pública y gratuita en todas las oficinas de la ITSS.
El tablón de edictos cuenta con su propio fichero de datos de carácter personal cuya responsable es la Dirección General de la ITSS
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