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Supresión de la cotización por el trabajador por parte de la entidad gestora

Para las prestaciones por desempleo cuyo nacimiento del derecho derive de situaciones legales de desempleo producidas a partir del 15-7-2012, la entidad gestora ya no va a realizar la aportación del trabajador a la Seguridad Social, descontando de la cuantía de la prestación dicha aportación, reducida en un 35 %.

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