Desde el 26-7-2015, en la afiliación, altas, bajas y variaciones del Régimen Especial de Trabajadores del Mar, se introducen los siguientes cambios:
1. Supresión del requisito de hallarse la empresa al corriente en el pago de sus cotizaciones como necesario para que la autoridad marítima competente autorice el despacho para salir a la mar.
2. Supresión de los plazos especiales para la formalización de dichos actos del personal a bordo de embarcaciones que naveguen o faenen en zonas alejadas del lugar en que esté inscrita la empresa.
En consecuencia, la afiliación y las altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en este régimen especial se van a ajustar a lo establecido con carácter general respecto a los plazos y condiciones para su formalización.
Actualidad jurídica
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