Se confirma la procedencia de un despido disciplinario a una trabajadora víctima de violencia de género porque la empresa conoció su condición de víctima de violencia de género con posterioridad a los hechos que se le imputan. Asimismo, la trabajadora no había hecho uso de sus derechos en esta materia y que blindan su despido a través del ET art. 55.5 b).
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