El organismo autónomo Instituto de la Mujer cambia su denominación por la de «Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades” y se integran en dicho Instituto las competencias de la Dirección General para la Igualdad de Oportunidades, que queda suprimida, así como del Consejo Rector del Instituto de la Mujer.
Tras la modificación, el Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades no sólo tiene como finalidad primordial la promoción y el fomento de las condiciones que posibiliten la igualdad social de ambos sexos y la participación de la mujer en la vida política, cultural, económica y social, sino también la prevención y eliminación de toda clase de discriminación de las personas por razón de nacimiento, sexo, origen racial o étnico, religión o ideología, orientación o identidad sexual, edad, discapacidad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
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