El incumplimiento, por parte de los empleados públicos competentes, de las obligaciones relacionadas con el procedimiento aplicable para el suministro de información por parte de las entidades locales y el pago de facturas a sus proveedores tiene la consideración de falta muy grave (L 7/2007 art.95.2). La DG Función Pública del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas es el órgano competente para iniciar e instruir el correspondiente procedimiento disciplinario y el Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas lo es para resolver.
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