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Incumplimiento de los empleados públicos calificado de falta muy grave

El incumplimiento, por parte de los empleados públicos competentes, de las obligaciones relacionadas con el procedimiento aplicable para el suministro de información por parte de las entidades locales y el pago de facturas a sus proveedores tiene la consideración de falta muy grave (L 7/2007 art.95.2). La DG Función Pública del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas es el órgano competente para iniciar e instruir el correspondiente procedimiento disciplinario y el Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas lo es para resolver.

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