Actualidad jurídica Suscríbase vía email

Cotización de los trabajadores del mar incluidos en los grupos II y III

Las bases únicas de cotización para todas las contingencias y situaciones protegidas en el régimen especial de trabajadores del mar quedan, desde el 1-1-2018, establecidas en las cuantías que se reflejan en los anexos I a III de la Orden, sin perjuicio de la aplicación de los correspondientes coeficientes correctores.
Respecto de los trabajadores por cuenta propia, y en aquellos casos en los que, con motivo de cambios de provincia, modalidades de pesca o categorías profesionales, tengan que modificar la base de cotización, los efectos de dicha modificación se producirán a partir del día primero del mes siguiente, manteniéndose hasta ese momento la base de cotización por la que vinieran cotizando.
Las diferencias de cotización que se hayan podido producir por la aplicación de las nuevas bases de cotización respecto de las cotizaciones que a partir del 1-1-2018 se hubieran efectuado, pueden ser ingresadas, sin recargo, en el plazo que finaliza el 31-3-2018.

Imprimir

Envíe su comentario:

(los campos con asteriscos son obligatorios)

Este Blog no dispone de servicio gratuito de asesoramiento, por lo que su comentario solo podrá ser respondido por otros lectores.

Si necesita una respuesta profesional, le recomendamos realice su pregunta desde el siguiente enlace desde donde podrá establecer un contacto privado con un abogado.

Acepto las condiciones legales

Debes superar la prueba del captcha antes de enviar el formulario. ¡Gracias!


Atención al cliente

Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.

Por teléfono

Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.

Envío gratis

Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).

Devoluciones

Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).