La Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2014 (L 22/2013 art.128.ocho) establece las reglas que han de seguirse para la determinación de las bases normalizadas de cotización por contingencias comunes para 2014, aplicables en función de la categoría profesional y la zona minera que se trate. Corresponde al MESS fijar la cuantía de dichas bases mediante la aplicación de las reglas previstas.
Mediante esta orden el MESS determina las bases normalizadas de cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes, teniendo en cuenta, a tal fin, la cuantía de las bases de cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales correspondientes al período comprendido entre el 1-1-2013 y el 31-12-2013, con las especialidades que se contienen en el Reglamento sobre cotización y liquidación de otros derechos de la Seguridad Social (RD 2064/1995 art.57).
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