Los Jueces y Tribunales españoles, como ya se venía haciendo, han de aplicar el Derecho de la UE siempre de conformidad con la interpretacjurisprudencia del TJUE.
Cuando los Tribunales nacionales decidan plantear una cuestión prejudicial ante el TJUE lo harán de conformidad con la jurisprudencia del TJUE y, en todo caso, mediante auto, previa audiencia de las partes.
NOTA
Se establece que el Gobierno remitirá a las Cortes Generales -antes del 1-10-2016- los proyectos de ley de modificación de las leyes procesales que resulten necesarios para la adaptación a lo dispuesto en ella y aprobará las normas reglamentarias precisas para su desarrollo (LO 7/2015 disp.final 7ª).
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