Desde el 1-7-2013, Croacia pasa a ser miembro de la Unión Europea.
A efectos de coordinación de los Sistemas de Seguridad Social:
– a partir del 1-7-2013, el Rgto 883/2004 de coordinación de los sistemas de Seguridad Social pasa a ser aplicable en las relaciones entre los demás Estados miembros de la UE y Croacia;
– en cuanto a las relaciones entre Croacia y los Estados parte del EEE (Islandia, Liechtenstein y Noruega), en tanto en cuanto no se modifique el Acuerdo sobre el EEE, para incluir a Croacia, el Rgto 883/2004 no será de aplicación;
– en cuanto a las relaciones con Suiza, hasta que no se adopte el Protocolo del Acuerdo entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la Confederación Suiza por otra, relativo a la participación, como parte contratante, de Croacia, el Rgto 883/2004 tampoco será aplicable a las relaciones de Seguridad Social entre Croacia y Suiza.
Actualidad jurídica
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